Vicente Feliciano
El Nuevo Día, 18 de mayo del 2008
La conclusión de la propuesta ley de incentivos es que es un paso positivo para el país, siempre y cuando se arregle la letra chiquita.
La visión que surge de la propuesta es aumentar las tasas contributivas de las empresas exentas de forma juiciosa, manteniendo niveles competitivos. De ahí que se establezca una tasa efectiva mínima de 4% mientras que al presente hay muchas empresas pagando por debajo de este mínimo.
El 4% fue producto de una discusión. Se mencionó que Irlanda tenía tasas de 12.5%. Por otro lado, Irlanda ofrece una serie de incentivos a las empresas que tienen como resultado reducir la tasa que en efecto pagan las empresas. Las personas allegadas a las empresas exentas mencionaron que la tasa efectiva de Irlanda era 4%, aunque no existe un documento oficial ni un estudio detallado. El comité aceptó este planteamiento por fe y así surgió el 4%.
El proyecto de ley tiene una visión más amplia sobre la competitividad de las empresas que meramente tasas contributivas. Entendemos que incluir elementos que reducen los costos de permisología, energía y laborales es un precedente importante. La erosión en nuestra base de manufactura y las dificultades de la industria nativa no se deben a contribuciones altas sino a altos costos operacionales.
Otro elemento positivo de la ley es que amplía el concepto de empresa elegible, incorporando actividades y elementos de la cadena de valor que antes no se consideraban. También promueve la formación de “clusters” mediante créditos contributivos por la compra a suplidores locales. Además, promueve la alta tecnología mediante la asignación de recursos al Fideicomiso de Ciencia y Tecnología.
Los norteamericanos tienen la expresión “the devil is in the details”. Y es esta letra chiquita que tiene que trabajarse para que la propuesta ley sea beneficiosa para el país.
La redacción de la sección de contribución mínima no es consistente con el acuerdo del Comité Timón de una tasa efectiva de 4%. Según redactada, la tasa efectiva sería menor a 4% y en algunos casos el Departamento de Hacienda puede terminar pagándole dinero a las corporaciones exentas.
La duración del decreto de exención debe ser 10 años en vez de 15 años. La nueva ley es un cambio tan grande con respecto al esquema de los últimos sesenta años, que es seguro que tenga problemas que van a irse corrigiendo. Es algo así como una programación de computadora a la cual se le van arreglando los “bugs”, con la desventaja de que no podemos correrla antes para ver cómo funciona.
Sería imprudente amarrar a Puerto Rico a compromisos de 15 años sabiendo que vamos a tener que hacer correcciones. Por otro lado, un decreto de diez años nos da una ventaja brutal sobre jurisdicciones competidoras. Por ejemplo, ni Irlanda ni los Estados Unidos garantizan las reglas contributivas ni siquiera por un día. No existe un análisis técnico que justifique 15 años en vez de 10 años.
Nos preocupa que la propuesta ley no tiene fecha de expiración. Le debemos la nueva propuesta de ley a la cláusula de “sunset” de la ley anterior por la cual la ley expira después de diez años. Nos parece muy razonable que cada década tomemos un inventario de donde estamos y hacia donde vamos. Como ejercicio parecido podemos pensar en el Censo. Durante nueve años se trabaja con proyecciones y estimados, pero cada diez años es indispensable pasar por el esfuerzo de llevar a cabo un nuevo Censo.
El crédito por pago de regalías es igual al total del pago de regalías, lo que entendemos es demasiado alto. Si una empresa paga en regalías el equivalente a una tasa efectiva de 4% entonces no tiene ningún incentivo en llevar a cabo cualquier otra actividad de las que desea promover el proyecto de ley.
Si alguna empresa tiene decretos con tasas por debajo de 4% para contribuciones sobre ingresos y por debajo de 12% para regalías se le van a mantener dichas tasas en los decretos bajo la nueva ley. No se trata de respetar los decretos existentes, por los cuales el gobierno de Puerto Rico se comprometió a estas tasas contributivas, sino que cuando venzan estos decretos el nuevo decreto mantenga las tasas de la ley anterior. Si las tasas de la nueva ley son lo suficientemente buenas para atraer inversión, son lo suficientemente buenas para mantener la inversión existente.
El proyecto de ley exime de contribuciones a los ingresos de inversiones pasivas (Sección 2J) en vez de tratarlas como cualquier otro ingreso. No existe un análisis técnico para justificar dicha exención. En el caso de Irlanda, en vez de darle el mismo trato contributivo a los ingresos pasivos, se le impone una contribución mayor que al ingreso activo.
En el marco más amplio la ley es positiva porque una legislatura, con un record lejos de estelar, fue la que forzó al sector privado a ponerse a trabajar. En vez de esperar dos años tenemos una ley mejor que la anterior y en solo seis meses. Nuestro gobierno compartido logró unir voluntades para apoyar una medida controversial. No es lo mismo pasar una resolución felicitando batuteras que apoyar un proyecto que por su naturaleza es resultado de la negociación y el compromiso.
Para aquellos que estamos casados con el país, el potencial de la propuesta ley nos reafirma en nuestra convicción de que en la Isla hay futuro.
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Tuesday, October 21
Ley de Incentivos Contributivos es Positiva para Puerto Rico
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Tuesday, October 21, 2008
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